Domingo, 06 de julio de 2025
El Supremo se reorganiza y sus Salas seguirán deliberando a distancia
Las asociaciones de jueces piden al CGPJ un grupo de asistencia para consultas durante el estado de alarma
Así lo han reclamado la Asociación Profesional de la Magistratura, la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, Juezas y Jueces para la Democracia y el Foro Judicial Independiente, que creen que el grupo de asistencia debería estar formado tanto por representantes del órgano de gobierno de los jueces como dos por cada asociación, según explican en un comunicado.
En esta coyuntura a causa del estado de alarma, el Ministerio de Justicia ha dictado directrices para el cumplimiento de los servicios esenciales en juzgados y tribunales y ha establecido la rotación diaria de los funcionarios que deben prestar estos servicios mínimos, así como la autorización para que los que han sido excluidos para desarrollar estas funciones puedan teletrabajar.
Los servicios garantizados desde el pasado 14 de marzo comprenden cualquier trámite judicial que, de no practicarse, pudiera causar un perjuicio irreparable; internamientos urgentes no voluntarios por razón de trastorno psíquicos; o la adopción de medidas cautelares u otras actuaciones inaplazables, como las medidas de protección de menores.
Los juzgados de violencia sobre la mujer realizarán los servicios de guardia que les correspondan y deberán asegurar el dictado de las órdenes de protección y cualquier medida cautelar en materia de violencia sobre la mujer y menores.
El Registro Civil prestará atención permanente durante las horas de audiencia para asegurar la expedición de licencias de enterramiento, las inscripciones de nacimiento en plazo perentorio y la celebración de matrimonios.
También se continuarán realizando todas aquellas actuaciones urgentes en materia de vigilancia penitenciara, con detenido o presos y otras que resulten inaplazables, como adopción de medidas cautelares urgentes, levantamientos de cadáver, entradas y registros, etc.
En el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, seguirán practicándose las autorizaciones de entrada sanitarias, urgentes e inaplazables, derechos fundamentales cuya resolución tenga carácter urgente, medidas cautelarísimas y cautelares que sean urgentes, y recursos contencioso-electorales.
Y en el orden jurisdiccional social, la celebración de juicios declarados urgentes por la ley y las medidas cautelares urgentes y preferentes, así como los procesos de Expedientes de Regulación de Empleo y Expedientes de Regulación Temporal de Empleo.
La Sala de Gobierno del Tribunal Supremo ha acordado este martes ratificar las medidas de "flexibilidad" que se habían venido implementando en los últimos días en las distintas Salas que integran este órgano de cara a la suspensión de plazos procesales y otras medidas del Real Decreto de Alarma por la pandemia de coronavirus.
Así, se seguirán dictando resoluciones y recibiendo escritos, si bien los magistrados deliberarán las causas de forma no presencial, utilizando las herramientas telemáticas de que disponen de forma interna.
Así lo han señalado a Europa Press fuentes jurídicas, que señalan que, dado el proceso técnico que requieren las resoluciones del alto tribunal, se producirán irremisiblemente dilaciones en casi todas las Salas.
Para salvaguardar lo que pueda ser más urgente en las próximas semanas, el Supremo ha prevenido a sus salas de lo Contencioso-Administrativo y de Penal de modo que se han establecido equipos con letrados y personal suficiente para hacer frente a disposiciones que pueden ser de especial interés.
En la Sala Tercera (de lo Contencioso) éstos asuntos urgente podrían tener que ver con medidas cautelares de suspensión que estén relacionadas con recursos que lleguen contra determinadas disposiciones del Real Decreto de Alarma.
El alto tribunal es el competente para analizar acciones que puedan presentarse contra las disposiciones del Gobierno de Pedro Sánchez, que también podrán llegar al Tribunal Constitucional al afectar a derechos fundamentales, según fuentes de este órgano.
En la Segunda (de lo Penal) se tratará de estar preparados de cara a recursos con preso que deban resolverse en un plazo determinado o afectar también a derechos especialmente salvaguardados por el ordenamiento jurídico.
El Supremo es un tribunal esencialmente de casación y fijación de doctrina, por lo que no se suelen celebrar juicios -salvo los muy contados de personas aforadas- ni declaraciones de imputados o testigos.
Columnistas
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